miércoles, 25 de julio de 2018

Gobierno y Estado de Derecho

Cuando se piensa la relación entre el poder público (órganos del Estado) y el poder social (ciudadanía), suele aparejarse la propia entre soberanía y democracia, porque éstas expresiones –unidas a las de ciudadanía– tienen tal historia e intimidad política que, hoy día, puede afirmarse, de manera prácticamente universal, que todo sistema político que se arrogue la condición de democrático debe fundarse en el principio de que son los ciudadanos quienes al accionar en un nivel de coordinación política –como sujetos activos del Estado– proceden a la renovación de los poderes públicos, mediante elecciones periódicas de personas que ocupan, directamente, cargos de elección o, en forma indirecta, cargos de designación, formando una población político-gubernamental de la cual unos ejercerán actos de autoridad, legalizando y legitimando su conducta de dos maneras:
Una, ya mencionada, vía elecciones generales; y, otra, en el ejercicio público, sujetándose a las formalidades y materialidades inherentes al principio de legalidad o de constitucionalidad; dado que los derechos humanos constituyen una esfera sustantiva que no puede ser penetrada por ninguna autoridad (gobierno) para afectar los bienes o derechos de las personas, a menos de que se haga de manera fundada (con apoyo en ley expresa) y motivada (indicando la causa legítima de la acción).
Las constituciones contemporáneas de las más diversas latitudes convienen en señalar que, frente al accionar de la autoridad, la primacía de las libertades humanas debe protegerse mediante instrumentos idóneos, como son los juicios garantistas para el cuidado del universo de derechos humanos de todas las personas, porque el Gobierno, en sentido extenso, significa, políticamente, la suma de las tres funciones del Estado (legislativa, ejecutiva y judicial), expresadas en la acción práctica, paralela o simultánea, de los denominados tres poderes públicos y, además, del conjunto de organismos autónomos del Estado.
Ahora bien, quienes laboran al servicio de cualquiera de estos poderes u organismos –los servidores públicos– se encuentran dotados de imperium (potestad de mando sobre las personas) y dominium (poder jurídico sobre las cosas), sólo por virtud de los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios que rigen la conducta de quienes son contratados por el Gobierno para el fin de desempeñar alguna de esas funciones estatales.
Que las atribuciones de los entes estatales y las facultades de los funcionarios públicos requieran fundarse en leyes previas para motivar su actuación, es el presupuesto constitucional de todo gobierno que se precie de adscribirse al llamado Estado de Derecho, porque en éste gobernantes y gobernados se conducen: los primeros, solo en los términos que la ley les autoriza (lo no puesto en ley debe entenderse como negado) y, los segundos, con criterio de máxima libertad (mientras no se afecte a terceros o al interés general). Pues bien, hoy día, a las nociones Gobierno y Estado de Derecho se han sumado las de Gobernabilidad y Gobernanza, con el fin de destacar que para el proceso de gobernar no basta sólo tener legitimidad de cargo y de actuación (gobernabilidad), sino que se necesita de la competencia o capacidad directiva de los gobiernos y su vinculación con el comportamiento proactivo de los ciudadanos y las organizaciones sociales (gobernanza). ¿O no?

miércoles, 18 de julio de 2018

Coalición de Partidos y Grupos Parlamentarios


La coalición de partidos para procesos electorales con fines de triunfo es, sin duda y ante los hechos comiciales de este 1° de julio de 2018, una de las más sólidas y pragmáticas estrategias políticas para la búsqueda exitosa del poder público. La contienda por los cargos ejecutivos de elección popular -presidencia y gubernaturas, por antonomasia- responde muy bien a esa lógica; pero más en los espacios de representación congresional. En efecto, fue una coalición de partidos políticos, aunada a una indiscutible figura de liderazgo social, la que posibilitó un triunfo contundente. Las cifras frías de las elecciones federales y locales hablan por sí solas; no obstante, concluida la jornada electoral y después de entregadas las constancias de mayoría, toda coalición quedará disuelta y, por tanto, cada partido volverá a su representación propia: primero, para constatar que posee el mínimo de 3% de la votación nacional efectiva, necesario para conservar su registro; y, segunda, para contabilizar el número de congresistas -diputados y senadores- que le corresponderá, tanto por la vía uninominal como por la plurinominal. El tema es estratégico. Veamos:
Por sí solo, ningún partido político es mayoría absoluta en la cámara de diputados ni en la de senadores, ni en la de los congresos estatales. Es decir: (1) los partidos coaligados quedarán separados legalmente, por señalamiento del artículo 87, párrafo 11, de la Ley General de Partidos Políticos, tan pronto concluya “la etapa de resultados y de declaraciones de validez de las elecciones de senadores y diputados”; (2) Ningún partido por sí solo puede tener más del 60% de diputaciones federales por la vía que sea (uninominal o plurinominal), e igual sucede en la cámara de senadores y en las de los estados de la República, como lo señala el artículo 41, fracción IV, de la Constitución Federal, al estipular que “Ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios”, impedimento que se reproduce en las disposiciones equivalentes de las constituciones locales; (3) por su parte, la propia constitución establece, en su artículo 70, tercer párrafo, que cada grupo parlamentario es una agrupación de diputados “según su afiliación de partido” que, generalmente, se integra en los días inmediatos a la instalación de cada legislatura, sea federal o estatal; (4) el sistema político mexicano se ha inclinado por dar a los grupos parlamentarios la naturaleza de órganos de las cámaras legislativas, cuyos legisladores están vinculados políticamente al partido del que originalmente provienen, aunque todos tienen siempre la prerrogativa de libertad asociativa para integrar una propia agrupación legislativa sin partido político, o una mixta que agrupe a legisladores de varios partidos; y, (5) prácticamente todas las leyes orgánicas vigentes de los congresos mexicanos de cualquier orden, señalan que si ningún partido político logra formar un grupo parlamentario fiduciario (beneficiario, mandatario) que tenga la mitad más uno del total de los integrantes de un congreso, entonces el control o mando político de la legislatura tendrá que repartirse proporcionalmente, de mayor a menor, entre los más grandes (mando compartido). Por tanto, si hoy día los partidos coaligados ganadores lograron un ejecutivo fuerte, para tener un legislativo semejante no sería difícil ver que la original coalición de partidos se transforme en un grupo parlamentario mixto para obtener la mayoría absoluta congresional. ¿Será?

miércoles, 11 de julio de 2018

Nuevo gobierno en puerta

Nuevo gobierno o, mejor dicho, nuevos gobiernos: federal y estatales. En efecto, los resultados electorales y los “mapas” gubernamentales que traerán consigo, marcan ya una inflexión o ruptura ostensible con la anterior “geografía” electoral, habida cuenta de la fuerza política emergente que constató la jornada electoral, representada por la coalición triunfante liderada por el partido político de Morena, que desdibujó a sus oponentes remitiéndolos a una situación opositora de segundas y terceras partes que no les dará más que para practicar el antiguo adagio de “una oposición que gobierna oponiéndose”, es decir, debatiendo, pero sin fuerza efectiva para confrontar, con votos o intervenciones, las decisiones legislativas o las medidas ejecutivas que se tomarán.
Por su parte, los nuevos gobiernos iniciarán su gestión con un bono democrático sin precedentes en la última veintena de años, que los llevará a tener que demostrar, en el discurso y en la praxis política, una oferta de administración pública de altas expectativas sociales, combinada, necesariamente, con requerimientos de elevada eficiencia gubernamental; y, conforme a esta lógica, la propuesta se ventilará mediante instrumentos planificadores y programáticos con los que se darán a conocer las leyes y acciones gubernativas que se esperan para resolver: la corrupción, la inseguridad pública, la insuficiencia de recursos en la educación pública e investigación científica, la carencia presupuestal para la infraestructura de salud y las limitaciones asistenciales, y alto costo de los servicios e insumos necesarios para la vida diaria de la gente, entendidos éstos como productos finales de consumo: gasolina, electricidad y agua, característicamente aunque no únicamente.
Se espera un plan nacional de desarrollo y planes estatales equivalentes, con programas de gobierno específicos, posibles y de fuerte compromiso social. Es cierto que quien lidera la nueva oferta política que se traducirá en nuevo gobierno federal, acompañado de los gobiernos estatales de su orientación política, ha empezado desde ya a anunciar y comprometer decisiones cuasi-ejecutivas -en la medida que aún no es quien determina los actos y procedimientos ejecutivos plenos todavía, sino hasta después de que rinda la protesta constitucional del cargo- y no deja de ser política y socialmente notorio y notable el modo como comunica sus acuerdos, la publicidad que logran y los compromisos en los que involucra a empresarios, banqueros, comerciantes y, sobre todo, actores políticos, organizaciones y grupos de interés diversos.
El bono democrático es elevado y las expectativas de la gente aún más; las promesas de acción gubernamental son fuertes y la exigencia popular tendrá indudablemente un rasero similar; el liderazgo político y social del próximo presidente de la república es indiscutible y, aún antes de empezar su gestión oficial, no se le puede negar que ha estado al nivel de su discurso y oferta de campaña; y, significativamente, exhibe austeridad, orden y madurez como rasgos de carácter que han hecho socialmente esperanzadora, de inicio, la oferta de una generalidad de medidas de gobierno que, por otra parte, implicarán un fuerte diseño profesional y una exigente y genuina vigilancia desde arriba y desde abajo. No es fácil la tarea.

miércoles, 4 de julio de 2018

Elecciones y Anticorrupción

Elección histórica. Participación ciudadana histórica. Resultados históricos. En primer lugar, porque las cifras sobre votación, cifras preliminares, conteo rápido y muestras estimativas para contar con resultados confiables desde la misma noche del 1° de julio, sobrepasaron las expectativas y acallaron dudas sobre el comportamiento del árbitro de las elecciones (INE), en una jornada electoral caracterizada por una abrumadora civilidad y calma de los votantes y los partidos, con exabruptos y contingencias aisladas de menor impacto; histórica, en segundo lugar, por el nivel de participación ciudadana, tanto por género como por edad, con números absolutos y relativos sin precedentes, pero indicativos de una tendencia predominantemente a la alza -con excepción de la de 2006, que tuvo poco más del 50% de votantes- dado que en 2000, 2012 y este 2018, la concurrencia de electores sobrepasó el 60% de participación activa; histórica, también, porque se determinaron más de tres mil cargos de elección popular, en los primeros comicios concurrentes en una misma fecha de jornada electoral, de todos los órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal; e histórica, por supuesto, por el resultado presidencial y el congresional, dadas las limitantes constitucionales de sobrerrepresentación (disminuida ésta del 16% al 8% como máximo) que puede tener cualquier partido, individualmente considerado, y que ha traído consigo la actualización plena de una nueva estrategia electoral para formar gobiernos mayoritarios en sentido amplio: la coalición. 
Los alcances son contundentes en ese sentido: el candidato de la coalición ganadora, declaradamente de izquierda (otro dato histórico), contará con una mayoría absoluta en las dos cámaras del Congreso de la Unión y, atendiendo a la composición porcentual de los futuros grupos parlamentarios que representarán a cada uno de los partidos políticos que se coaligaron, podrán dar viabilidad legislativa al plan de gobierno, cuyas líneas generales de acción programática y anuncio de integrantes de gabinete la ha empezado a publicitar desde ya el propio candidato triunfador, en una actitud informativa, de su parte, también sin precedentes históricos, quien este mismo miércoles 3 de julio ha sido declarado presidente electo. El hecho político relevante, además de la observación en el día a día del nuevo gobierno, será, entre otros, el del comportamiento de la coalición legislativa, que se vislumbra, a su vez, como coalición ejecutiva o de gobierno en sentido estricto, más allá de la común concepción de cuotas o concesiones partidarias tradicionales, sino de amalgama de perfiles, ideas y políticas públicas, lo cual se muestra prometedor política y socialmente. Y sobre todo histórica para el que escribe, por la afirmación del futuro presidente de México, que atribuye a la corrupción y a la impunidad los males estructurales que han envilecido a la sociedad política y civil de nuestro país, razón que convierte no sólo a este tema, sino al diseño e instauración de una política pública anticorrupción de tipo transversal, desde el orden federal y su impacto estatal y municipal, en el principal ejercicio aplicado de gobierno o, como antes he señalado en diversas colaboraciones, en el paso de la materialidad y formalidad imbuida en la legislación anticorrupción, hacia la operatividad y ejercicio de las medidas de combate frontal a la corrupción. Ojalá.



domingo, 1 de julio de 2018

Corrupción vs. Anticorrupción (última parte)

Las condiciones materiales previas que llevaron a la aprobación formal del sistema anticorrupción en nuestro país, fueron destacadas, en buena medida, en el dictamen legislativo aprobado en la cámara de origen (la de los diputados, del Congreso de la Unión), publicado en su gaceta parlamentaria de 26 de febrero de 2015 (anexo II). Las 166 páginas publicitadas en línea, informan datos importantes: (1) se examinan cinco iniciativas presentadas en forma diversa por diputados y diputadas de PAN, PRD y PT; (2) se anota una minuta proveniente del Senado, y el conocimiento de varias iniciativas presentadas -también de forma diversa- en esa cámara por los grupos parlamentarios de PRI, PVEM, PRD y PAN, así como una más entregada por varios senadores a nombre propio; (3) señala, como antecedente, la creación, en el espacio de los diputados, de la Mesa de Trabajo en Materia de Transparencia y Anticorrupción, creada el 20 octubre de 2014, la cual, a su vez, recibió, respectivamente, propuestas de legisladores del PRI, PAN, PRD y PVEM; y, (4) apunta que, en la misma Mesa de Trabajo, se recibieron comunicados y comentarios de tres diputados y de tres organizaciones de la sociedad civil.
Importa destacar que, en el apartado de consideraciones del dictamen, se registraron datos elocuentes: del Índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno, por cuanto a “que para el año 2010, las mordidas para acceder o facilitar 35 trámites y servicios públicos alcanzaron los 32 mil millones de pesos. En el mismo año, el Índice registró 200 millones de actos de corrupción en los distintos órdenes de gobierno”; que según el Barómetro de las Américas “en 2010 el 77% de los ciudadanos encuestados percibieron índices altos de corrupción en el país”; y, que de acuerdo al Foro Económico Mundial “la corrupción es la mayor barrera a la entrada para hacer negocios en México, aun por encima de la inseguridad”.
En consecuencia, en el dictamen se admitieron las tres características de efectividad social, económica y política que debía tener el sistema: ser preventivo, garantista y sancionador, citando la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de “Adoptar medidas para prevenir y combatir de forma eficaz y eficiente la corrupción, así como el fortalecimiento de las normas existentes”. Como sabemos, la modificación de los 13 artículos constitucionales aludidos en nuestra anterior entrega, llevó a la aprobación de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y a la de las leyes equivalentes en los Estados de la República, con previsiones de temporalidad y gradualidad para su pleno inicio de vigencia, a la altura de estas fechas del 2018. Bienvenido todo, pero: ¿Qué falta?
Pues bien, una vez reconocida la materialidad del problema (realidad), y actualizada la formalidad de la legislación constitucional y sus leyes derivadas (inicio de vigencia de la norma), lo que sigue es su aplicabilidad (empleo de la norma, abatimiento de los índices y registros y, en su caso, punibilidad contra los infractores). El sistema anticorrupción ha recibido una “inyección” de ciudadanía en su integración, aunque ésta sigue siendo minoritaria en términos de política real; empero, esa dosis de representación ciudadana -transformada en servicio público- deberá batallar contra el canto de las sirenas que intentarán tirios y troyanos, para desviar su actuación. Sin duda, el sistema todo está a prueba. Este es el reto ¿O no?

Benito Juárez, vida, obra y legado

      El 21 de marzo se conmemora el natalicio de Benito Juárez, cuyo papel en la formación y consolidación del Estado mexicano es innegable...