El
desarrollo del Estado Nacional, el crecimiento demográfico mundial y las
nociones de igualdad, equidad y libertad de que se nutre hoy día la defensa de
los derechos humanos, así como la consideración de los valores o principios
democráticos como forma de vida, encuentran sus antecedentes desde el primer
tercio del siglo XIX y, por supuesto, en el curso del siglo XX, al asumir la
Educación como un derecho humano, constitucionalmente universal, a la vez de
política pública fundamental y servicio público permanente, uniforme y
continuo, que ha dado lugar a los actuales sistemas educativos nacionales, con
un impensado y gigantesco crecimiento de instalaciones, niveles y modalidades
educativas, que se refleja en la amplia matrícula escolar de prácticamente
cualquier país, sobre todo de aquellos como el nuestro que se han mantenido
clasificados largamente como naciones en vías de desarrollo. En México, por
cuanto al vector político-jurídico, Melgar Adalid ha escrito que: “Todos los textos constitucionales de México,
vigentes o no, producidos por conservadores o liberales, todos los planes
políticos y las propuestas y ofertas de gobierno, se han referido al tema de la
educación”; y, en efecto, así ha sido desde antes de la Constitución de
1824 y, por supuesto, en las Leyes Fundamentales de 1857 y de 1917.
El
tema es recurrente y conceptualmente diverso, porque, a tono con el contexto
histórico de cada “momento” normativo
o constitucional, se ha utilizado la noción estimada como más idónea, a saber:
“enseñanza pública”, “educación de la juventud”, “instrucción pública”, en la Constitución
de Cádiz de 1812; “instrucción”, en
la Constitución de Apatzingán de 1814; “plan
general de educación”, en el Plan de la Constitución Política de la Nación
Mexicana de 1823; “ilustración” y “educación pública”, en la Constitución
de 1824; “educación pública”, “primera educación” y “establecimientos de instrucción”, en las
Leyes Constitucionales de 1833; “enseñanza
libre”, en la Constitución de 1857; educación “libre”, “gratuita” y “laica”, desde hace más de cien años en
la Constitución de 1917; educación “obligatoria”,
“laica”, “gratuita”, “métodos
educativos”, “organización escolar”,
“infraestructura educativa”, “idoneidad de docentes” y “sistema nacional de evaluación educativa”,
con las reformas de 2013; y “universal,
inclusiva, pública, gratuita y laica”, “sistema integral de formación, de capacitación y de actualización”,
“evaluaciones diagnósticas”, y
“Sistema para la Carrera de las
Maestras y los Maestros” en
2019. Si la Educación se aprecia como una inversión humana de gran calado y
efectos reales y se le concibe como “vacuna”
para la mejora social o como franca acción de “cura” colectiva en el plano más general de la cultura y del
desarrollo humano, se debe en buena medida a que, indiscutiblemente, la
Educación es un campo que en términos teóricos y sociales cobró un impacto
universal durante el curso del siglo XX, estructuralmente acentuado por su
relación con el desarrollo económico, tanto el de orden nacional como el de
características supranacionales. Educación y escuela están actualmente
garantizadas en las 194 constituciones nacionales existentes en el mundo; y
tampoco nadie discute ya que la Educación puede ser formal (en la escuela), no
formal (métodos de enseñanza abierta) e informal (la que sucede todos los días,
derivada de la convivencia familiar, grupal, comunitaria o social) …Seguiremos.
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